Auxilio por Incapacidad
Este beneficio está diseñado exclusivamente para ti, nuestro asociado. Se otorga una vez al año en caso de incapacidad por enfermedad general emitida por la EPS, siempre y cuando la misma supere los 16 días consecutivos. No aplica para casos cubiertos por la ARL.
Valor del auxilio
Recibirás un auxilio de $150.000, el cual puede destinarse para saldar saldos pendientes o futuros.
Requisitos
- Radicar el formato de solicitud en un periodo no mayor a 30 días de expedida la incapacidad.
- Copia de la incapacidad por enfermedad general.